Uso de mascarillas en via pública. En virtud de la nueva Orden Ministerial que publica el Boletín Oficial del Estado, a partir de hoy, jueves 21 de mayo de 2.020, será obligatorio para las personas de seis años de edad en adelante el uso de mascarilla en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros. Se prevén las siguientes excepciones:

Uso de mascarillas en via pública.

  1. Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
  2. Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
  3. Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla, como la ingesta de alimentos y bebidas.
  4. Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

Las personas que salen a hacer ejercicio en bici y aquellas que corren están exentas del uso de mascarilla si no desean llevarla, según han señalado fuentes del Ministerio de Sanidad. #covid #mascarilla #actualidad

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