¿Se puede saber si un familiar fallecido tenía contratado un seguro de vida?

22/03/2023

La muerte de un familiar es un momento difícil que suele resultar complicado de enfrentarse a él, no sólo por las consecuencias afectivas, sino porque requiere gestiones que deben llevarse a cabo en las horas y días posteriores.

Por ello, saber si el difunto tenía contratada una póliza será fundamental. ¿Cómo obtener esta información?

¿Dónde consultar?
Saber si una persona fallecida tenía seguro y con qué compañía es un trámite accesible para cualquier ciudadano.

A través del Registro de Contratos de Seguros y Cobertura de Defunción, los familiares pueden consultar si, en el momento de su muerte, existía un contrato de seguro en vigor y con qué entidad.

El objetivo de facilitar esta información (disponible hasta cinco años desde la fecha del fallecimiento) es que los beneficiarios puedan reclamar el importe asegurado por muerte y que el seguro de vida no se quede sin cobrar, por desconocimiento de los familiares .

El Registro de Contratos de Seguros y Cobertura de Defunción, de carácter público y dependiente del Ministerio de Justicia, recoge la información relativa a las pólizas (de vida o accidentes, pero también asociadas a tarjetas o de crédito, por ejemplo) con garantía o cobertura de muerte contratada.

¿Qué hacer?
El trámite es sencillo, sólo es necesario solicitar un Certificado de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento en el citado Registro, una vez hayan transcurrido 15 días hábiles desde la muerte, y no antes.

¿Qué documentación se debe presentar?
Además del mencionado modelo administrativo, únicamente se requiere el Certificado Literal de Defunción. Puede ser el original o copia compulsada, pero expedido por el Registro Civil de la localidad donde la persona haya fallecido. Además, debe constar el nombre de los padres del difunto.

Ahora bien, si el fallecimiento no está inscrito en un Juzgado de Paz, sólo es necesario presentar el DNI de la persona fallecida para ciudadanos españoles o el NIE para residentes extranjeros o el número de Pasaporte o documento de identidad de su país de origen .

Si se envía por correo postal, se recibirá en la dirección indicada en el Modelo 790 en siete días hábiles.

Para facilitar los trámites en Cudós Consultors ofrecemos nuestros servicios para realizar la gestión de forma cómoda y rápida.