Cuotas de las personas autónomas: Novedades 2024

24/01/2024

El alojamiento singular, tal y como se avanza en la exposición de motivos del Decreto 75/2020, de 4 de agosto, de turismo de Cataluña, se configura como una modalidad que permite regular alojamientos turísticos que no encajan en ninguna de las modalidades concretas que se establecen.

A modo de ejemplo, podrían incluirse en esta tipología figuras como las cabañas en los árboles o de pastores, las chabolas como las del Delta del Ebro, las cuevas, etc.

Los ayuntamientos pueden habilitar alojamientos singulares en su término municipal siempre que definan y delimiten la actividad, atendiendo a las condiciones mínimas establecidas por la presente normativa, así como por el conjunto de normativas sectoriales no turísticas que le sean de aplicación (seguridad, salubridad, medio ambiente, entre otros).

Asimismo, el Decreto deja abierta la concreción de la configuración del alojamiento singular en cada término municipal mediante la aprobación de ordenanzas reguladoras por parte de los ayuntamientos, pero “en ningún caso se pueden habilitar alojamientos singulares con la finalidad de evitar la aplicación de los distintos requisitos sectoriales exigidos a otras modalidades de alojamiento turístico”.

La modalidad de alojamiento singular persigue la finalidad de que muchas edificaciones que son patrimonio de interés municipal pero están en malas condiciones o podrían acabar abandonadas, puedan tener un uso turístico que sirva para mantenerlas y recuperarlas. Cabe destacar que, un alojamiento singular en ningún caso puede ser un edificio convencional, ni uno recién construido o hecho expresamente.

Algunos municipios de Cataluña han regulado la modalidad de alojamiento singular para otorgar esta distinción a las cabañas de bóveda y de piedra seca, y asimismo existen iniciativas en trámite por parte de otros municipios para catalogar como “alojamiento singular ” las masías o grutas.

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Marc Cervós Escribà
Abogado del Departamento de Derecho Público de Cudós Consultors