Las deficiencias en la política de cookies son caras: 3.000 euros de multa en un colegio por infracción de la LSSI
El denunciante informa a la AEPD de que la web en cuestión no avisa del uso de cookies cuando se accede a ella ni deja configurarlas de ninguna manera por lo que se abre una investigación con el siguiente resultado:
a.- La utilización de cookies que no son técnicas o necesarias sin que el usuario haya prestado su consentimiento.
Al entrar en la web, por primera vez, una vez limpiado el equipo terminal de historial de navegación y de galletas, sin aceptar nuevas galletas ni realizar ninguna acción sobre la misma se utilizaban cookies propias y de terceros que no eran de naturaleza técnica
b.- El banner de información de cookies existente en la primera capa (página principal).
Al entrar en la web por primera vez, una vez limpiado el equipo terminal de historial de navegación y de cookies, sin realizar ninguna acción sobre la página web, se comprueba que no aparece ningún tipo de banner de información sobre cookies en la página principal.
c.- Sobre el consentimiento en la instalación de cookies en el equipo terminal.
No es posible rechazar las cookies que no sean técnicas o necesarias, ya que no existe ningún mecanismo que lo posibilite.
d.- Sobre la información suministrada en la segunda capa (política de cookies).
No existe ningún tipo de información sobre cookies en la web y tampoco existe ningún enlace a la “Política de Cookies” o página donde se pueda informar sobre la política de cookies de la web.
e.- Sobre la posibilidad de retirar el consentimiento para el uso de las galletas una vez prestado.
No existe ningún mecanismo que posibilite gestionar el consentimiento del usuario sobre el uso de cookies.
Las deficiencias detectadas suponen por parte del denunciado la comisión de la infracción del artículo 22.2 de la LSSI.
Ramon Arnó Torrades
CEO de La Familia Digital