Mejora de las condiciones de trabajo y Seguridad Social de las personas trabajadoras del hogar

06/10/2022

Aprobación del Real Decreto Ley 16/2022 de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar, publicado el 8 de septiembre de 2022, que tiene por objetivo equiparar a estas trabajadoras al resto de trabajadores por cuenta ajena, principalmente en materia de extinción de contrato y de cotización por la prestación por desempleo.

Las novedades introducidas son las siguientes:

  • Las trabajadoras del hogar, tienen derecho a una protección en materia de seguridad y salud en el trabajo, especialmente en el ámbito de la prevención de la violencia contra las mujeres, teniendo en cuenta las características específicas del trabajo doméstico, en los términos y con las garantías que estén previstas reglamentariamente con el objetivo de asegurar su salud y su seguridad.
  • Queda derogado la extinción del contrato por desistimiento del cabeza de familia (recuerde que era el despido sin tener que justificar causa con indemnización de 12 días por año de servicio con un máximo de 6 meses) y se introduce el despido.

Despido con causa:

  • Disminución de los ingresos familiares o aumento de los gastos por una circunstancia sobrevenida.
  • Modificación sustancial de las necesidades de la unidad familiar que justifican que se prescinda del/de la trabajador/a.
  • El comportamiento del/de la trabajador/a que fundamente de forma razonable y proporcionada la pérdida de confianza del cabeza de familia.

En estos casos se mantiene la indemnización de 12 días por año de servicio con un máximo de 6 meses, deberá notificarse por escrito y con un preaviso de 7 días si la relación es de menos de 1 año y de 20 días si es de más de un año.

Despido según lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores:

  • Cuando no puedan justificarse los motivos previstos por el despido con causa.
  • Cuando se incumpla los requisitos de notificación por escrito o no se ponga a disposición el importe de la indemnización del despido con causa.

En este caso, la indemnización se equipara a un despido improcedente de 33 días por año de servicio con un máximo de 24 mensualidades.

Nueva cotización por desempleo. Los trabajadores y trabajadoras del hogar pasan a cotizar por desempleo y Fogasa, siendo obligatorio a partir del próximo 1 de octubre de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022 los siguientes porcentajes:

Cotización paro:

  • 6,05% del cual un 5% corre a cargo del cabeza de familia y un 1,05% a cargo del trabajador/a.

Cotización Fondo Garantía Salarial (FOGASA):

  • 0,2% a cargo del cabeza de familia.

A partir del 1 de enero de 2023 se actualizarán dichos porcentajes en base a los Presupuestos Generales del Estado.

Bonificaciones cotización paro y Fogasa: se bonificará un 80% las aportaciones empresariales de paro y del Fogasa, por tanto el cabeza de familia abonará un 20% de esta nueva cuota.

Quedan bonificados como régimen general, aquellos contratos que se realice por sustitución de maternidad de la trabajadora del hogar.

Las personas que tengan contratada o contraten bajo cualquier modalidad contractual a una persona al servicio del hogar y la den de alta en el RGSS, tendrán derecho a una reducción del 20% en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes correspondiente al Sistema Especial por trabajadores del hogar establecidos en este régimen, por tanto se da la opción de encuadre a la trabajadora en el Régimen General.

El FOGASA se hará cargo de las indemnizaciones reconocidas como consecuencia de sentencia, auto, conciliación judicial o resolución administrativa a favor de los trabajadores por despido o extinción del contrato en caso de insolvencia.