
Nueva doctrina del Tribunal Supremo sobre temporalidad
La Sentencia del Tribunal Supremo núm. 475/2026, de 11 de mayo, ha introducido un cambio importante en el tratamiento de la temporalidad abusiva dentro del sector público.
Un problema estructural reconocido judicialmente
El punto de partida es claro: el Tribunal Supremo asume que existe una situación generalizada de abuso en la contratación temporal dentro de las administraciones públicas.
El Tribunal Supremo opta por una solución que intenta conciliar el derecho europeo con el sistema constitucional español de acceso a la función pública.
No hay conversión automática en fijo
La primera conclusión, y probablemente la más relevante para los afectados, es que el abuso de temporalidad no comporta, con carácter general, la conversión automática en trabajador fijo.
El Tribunal es contundente en este punto: el carácter fijo no puede reconocerse de manera generalizada porque ello vulneraría los principios de igualdad, mérito y capacidad que rigen el acceso al empleo público.
Una excepción importante: cuándo sí se puede conseguir el carácter fijo
A pesar de este criterio general restrictivo, la sentencia introduce una excepción que puede resultar clave en determinados casos.
El Tribunal Supremo admite la conversión en fijo cuando el trabajador ha participado en un proceso selectivo, ha superado las pruebas exigidas, pero no ha obtenido plaza por falta de vacantes, y posteriormente ha sido objeto de una utilización abusiva de la contratación temporal.
La indemnización como respuesta general
El Tribunal Supremo establece que el abuso de temporalidad debe comportar el derecho a una indemnización que sea efectiva y disuasoria. Esta indemnización debe responder a la realidad del perjuicio sufrido por el trabajador y a la necesidad de corregir la conducta de la Administración.
Desde la práctica jurídica, esto abre la puerta a reclamaciones que pueden incluir:
- Compensación por extinción de la relación laboral.
- Reclamación de daños y perjuicios.
- Eventual exigencia de responsabilidad patrimonial.
En trayectorias profesionales largas, estas cantidades pueden llegar a ser significativas.
Una novedad relevante: la posible sanción a la Administración
La sentencia prevé que, en caso de constatarse un abuso, se pueda trasladar la resolución a la Inspección para que inicie un procedimiento sancionador contra la Administración.
Este aspecto es especialmente importante porque, hasta ahora, las consecuencias para la Administración eran limitadas y a menudo insuficientes para corregir las prácticas abusivas.
Qué deberían hacer ahora los trabajadores afectados
Desde un punto de vista práctico, esta sentencia no cierra el debate, pero sí redefine el terreno de juego.
Los trabajadores que se encuentran en situación de temporalidad prolongada deberían valorar con detenimiento su situación, especialmente si han encadenado contratos durante años o si ocupan plazas de carácter estructural.
Es fundamental analizar cada caso de manera individual, teniendo en cuenta factores como la duración de la relación, el tipo de contratación, la participación en procesos selectivos o la existencia de cese. El momento actual es, por tanto, especialmente relevante para analizar cada situación concreta y adoptar las decisiones legales más adecuadas.
Si tienen dudas en esta materia, pueden contactar con los abogados/as de Cudós Consultores, que les asesoraremos con la máxima seguridad y garantías para iniciar los trámites pertinentes.
Elisa Estrada Villas
Abogada del Departamento de Derecho Público de Cudós Consultors


