Ley de empresas ermergentes o startups

27/12/2022

Con fecha 22 de diciembre de 2022 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes. Las principales novedades fiscales y administrativas no serán de aplicación hasta el 1 de enero de 2023.

Con esta nueva Ley, el Gobierno adapta el marco aplicable a las especificidades de las startups, en el ámbito administrativo, fiscal, civil y mercantil, para apoyarlas a lo largo de su ciclo de vida, en particular, en las primeras etapas . Por ello, impulsa la creación y crecimiento de las empresas emergentes innovadoras de base digital y alto crecimiento y refuerza las medidas para atraer talento e inversores internacionales, respondiendo a la singularidad de este tipo de empresas ya las principales demandas del sector.

Entre las diferentes novedades reguladas, destacamos las siguientes:

  • Concepto de Startups (art. 3 L28/22)
  • Carácter Innovador (art. 4 L28/22)

Los emprendedores que quieran acogerse a los beneficios y especialidades previstos deberán solicitar a ENISA, Empresa Nacional de Innovación SME S.A., que evalúe todas las características, además del carácter innovador de su modelo de negocio. La innovación propuesta puede ser de producto o negocio.

Ventajas fiscales:

  • Podrán tributar a un tipo del 15% en Sociedades (art.7 L28/22)
  • Aplazamiento de deudas tributarias. (art.8 L28/22)
  • Menos impuestos si eres inversor (DF Tercera. 4 L28/22)
  • Stock options (DF Tercera. 2 L28/22)
  • Nómadas digitales (DF Quinta. 4 L28/22)

Se trata de personas cuyas ocupaciones les permiten trabajar en remoto y cambiar de residencia habitualmente. Con la irrupción de este nuevo protagonista se regula la posibilidad de que puedan residir y trabajar en España durante cinco años. La Ley dice textualmente: Aquellos extranjeros que soliciten entrar en España o que siendo titulares de una autorización de estancia o residencia o visado pretendan iniciar, desarrollar o dirigir una actividad económica como emprendedor, sean provistos de una autorización de residencia para actividad empresarial, que tendrá validez en todo el territorio nacional y vigencia de 3 años. Cumplido este plazo, podrán solicitar la renovación de la autorización de residencia por dos años, pudiendo obtener la residencia permanente a los cinco años.

Además, se crea para ellos un régimen tributario especial en el impuesto sobre la renta de no residentes, ya que se pasa de diez a cinco años el requisito de no residencia previa en nuestro país.

Asimismo, se instaura un nuevo tipo de “visado para el teletrabajo” que permite a los teletrabajadores extranjeros entrar y vivir en nuestro país durante un máximo de un año. (DF Quinta 9 L28/22).

Los inversores y freelance extranjeros que trabajen para startups españolas podrán acogerse al régimen de impatriados (siempre que el 40% de la facturación sea para estas empresas, tributarán el IRPF al 24%).

Simplificación de trámites administrativos (art.12 L28/22).
Se prevé la creación de una empresa por medios telemáticos y se agilizan los trámites.

Además, para fomentar la inversión en startups se permite que las personas físicas sin nacionalidad española y sin residencia en territorio nacional puedan solicitar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria un número de identificación fiscal sin estar obligadas, a tal efecto , a obtener un número identidad de extranjero. (art. 9.1 L28/22)

Beneficios laborales (DF Cuarta L28/22).
Se elimina la obligación del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) durante tres años, siempre que el emprendedor que ponga en marcha una startup ya esté contratado como asalariado por otra empresa. Es decir, que se encuentre en Régimen de Pluriactividad (cotizando al RETA y al Régimen General).

Emprendimiento en serie (art.3.2 L28/22).
Se accede a que un autónomo que ha iniciado un proyecto y le haya ido mal, pueda volver a intentarlo ilimitadamente beneficiándose de las mismas ventajas.

Emprendimiento rural (art.2 de L28/22).
Se potencia el emprendimiento rural, poniendo en marcha proyectos piloto en entornos rurales y alineando las iniciativas previstas en la Ley con el Territorio Rural Inteligente, un proyecto que prevé la incorporación de las nuevas tecnologías en ámbitos como la agricultura, la ganadería, l urbanismo o el medio ambiente de los pueblos.

Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial (DA Séptima L28/22).
La nueva regulación contempla la creación de la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial, como organismo público con personalidad jurídica pública, patrimonio propio, capacidad llena de obrar y potestades administrativa, inspectora y sancionadora.