Producción agroalimentaria ecológica
Decreto 312/2022, de 2 de noviembre, sobre producción agroalimentaria ecológica.
El próximo 22 de noviembre, entrará en vigor el Decreto 312/2022 de 2 de noviembre sobre producción agroalimentaria ecológica que ha sido elaborado para desarrollar y concretar la Ley 22/2014 en el ámbito de la producción agroalimentaria ecológica en Cataluña.
La Producción Agroalimentaria Ecológica, es un sistema general de gestión agrícola y producción de alimentos que pone especial énfasis en la utilización de productos y técnicas lo más naturales posibles.
Destinado a los operadores, personas físicas y jurídicas y entintados inscritas en el Censo de empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Tributaria en el ámbito territorial de Cataluña, el objetivo del Decreto es establecer las disposiciones necesarias para asegurar el control de la producción ecológica en el marco de la Unión Europea a partir de un sistema efectivo de verificación y control en todas las etapas de producción, preparación y distribución de los productos procedentes de la agricultura, incluida la apicultura y acuicultura que se comercialicen o hayan comercializar como ecológicos.
Con esta finalidad regula:
- El uso de los términos referidos a la producción ecológica.
- Las funciones del departamento competente en materia de producción agroalimentaria como autoridad competente en materia de producción agroalimentaria ecológica y la relación de tutela administrativa que ejerce sobre el Consejo Catalán de la Producción Agraria Ecológica como autoridad de control.
- El régimen de intervención y control sobre la producción y el etiquetado de productos ecológicos.
- El Registro de Operadores Ecológicos de Cataluña.
- La estructura y el funcionamiento del Consejo, los derechos y deberes de sus miembros y el régimen de elección de sus órganos rectores.
Cuestiones a tener en consideración:
- Los destinatarios a los que hemos hecho referencia deben comunicar los datos de su actividad para poder acceder al sistema de control e inscribirse en el Registro de Operadores Ecológicos de Cataluña.
- Se someterán al régimen de certificación antes de la comercialización.
- Deben presentar al Consejo las etiquetas comerciales que pretendan utilizar para identificar como ecológicos sus productos antes de su uso.
Existen exenciones a las normas de producción ecológica así como excepciones, como es el caso de los operadores que vendan productos ecológicos envasados directamente para el consumidor final, a condición de que no produzcan, preparen, almacenen, salvo en relación con el punto de venta, ni importen estos productos de terceros países, ni subcontraten a otro operador para efectuar estas actividades.
Por último, en caso de impedimento de la verificación de cumplimiento de la normativa o detección de incumplimientos graves o muy graves de forma continuada y repetitiva de la normativa, se les puede iniciar un procedimiento de suspensión y retirada de certificación.