Derecho a 26 semanas por maternidad a una madre soltera

20/01/2023

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha reconocido el derecho de una madre soltera que forma una unidad monoparental a disfrutar de 26 semanas de permiso, en lugar de las 16 que se le había concedido, por el nacimiento del hijo, para que este menor tenga el mismo derecho que otro nacido en una familia biparental.

La Sala estima parcialmente el recurso de la actora que solicitaba 32 semanas, 16 semanas de la madre y otras 16 que corresponderían al padre. La sentencia recoge que no procede reconocer lo que solicita en su integridad, ya que debe tenerse en cuenta que la madre ha disfrutado ya ha disfrutado de 6 semanas ininterrumpidas seguidas al parto, permiso que igualmente corresponde al otro progenitor después del parto.

El TSJ de Extremadura entiende que estas 6 semanas deben excluirse porque así la familia monoparental gozaría de 32 semanas, frente a las 26 que gozaría la familia biparental en caso de alternancia entre los progenitores en lugar del disfrute conjunto.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo reconoce que existen pronunciamientos de los diferentes Tribunales Superiores de Justicia del país en ambos sentidos, si bien, apunta, estimar el recurso es mayoritario, como se ha hecho en este caso.

La sentencia basa su fundamentación entre otros en la sentencia del TSJ de Galicia de 15 de noviembre de 2022, el artículo 49 del Estatuto Básico del Empleado Público y la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos del niño de 20 de noviembre de 1989.

En este sentido, y en la línea que se alega por la demandante, desde la perspectiva del interés superior del menor, es preciso valorar que, con la interpretación literal que se postula por la Administración demandada, el nacido en familia monoparental tiene por ello un trato desigual al nacido en familia biparental, ya que resulta evidente, indican, que si el niño cuenta con dos progenitores trabajadores, éstos podrían dedicarse al cuidado amparado en el permiso correspondiente varias semanas más que las que le corresponderían si se trata de una familia monoparental.

Fuente: ElDerecho.com