Comisiones hipotecas 2023
La disposición adicional primera del RDL 19/2022 establece que todas aquellas personas físicas que tengan constituido crédito hipotecario a interés variable para la adquisición de inmueble de uso residencial, entendiéndose por trasteros, garajes, viviendas propiamente dichas o cualquier inmueble que sin constituir vivienda cumpla la función doméstica, no pagarán comisiones de amortización total o parcial, ni comisiones de reembolso, ni comisiones de cambio de interés variable a fijo, hasta el 31 de diciembre de 2023.