¿Se puede trabajar en dos administraciones públicas a la vez?

04/09/2025

La regla general es que el personal al servicio de las administraciones públicas no puede desempeñar dos puestos de trabajo en el sector público de forma simultánea, ni percibir doble remuneración con cargo a los presupuestos públicos, salvo las excepciones expresamente previstas en la ley.

Esta restricción afecta tanto a funcionarios como a personal laboral, interino, eventual o estatutario, tanto si su jornada es a tiempo completo como si es a tiempo parcial y se aplica a todos los niveles de la administración: estatal, autonómica y local.

No obstante lo anterior, existen algunas excepciones en las que sí es posible compatibilizar dos actividades públicas, siempre que se obtenga la autorización previa, entre otras podemos destacar las siguientes:

  • Docencia universitaria a tiempo parcial: los empleados públicos pueden impartir clases en universidades de forma limitada y siempre que no afecte a su desempeño principal.
  • Actividades de investigación o asesoramiento científico/técnico: se permite la compatibilidad para actividades de investigación no permanentes o de asesoramiento técnico en organismos públicos, bajo condiciones específicas y previa autorización.
  • Otras actividades exceptuadas: administración del patrimonio personal o familiar, dirección ocasional de seminarios o conferencias, participación en tribunales de oposiciones.

En caso de que necesite asesoramiento especializado en la materia, puede dirigirse al Departamento de Derecho Público de Cudós Consultors, donde será atendido por profesionales con amplia experiencia.

Marc Cervós Escribà
Abogado del Departamento de Derecho Público de Cudós Consultors