Ficheros de morosos

Los tratamientos de solvencia patrimonial (ficheros de morosos).

Para incluir los datos personales de una persona física en un fichero de solvencia patrimonial, conocidos como “fichero de morosos”, deben cumplirse los siguientes requisitos:

  1. Que exista una deuda cierta, vencida, exigible y que haya resultado impagada. “El acreedor que comunica esta información a un fichero de solvencia debe demostrar que existía una deuda anterior a la comunicación y que el plazo para pagarla ha vencido sin que el deudor haya abonado la cantidad correspondiente”.
  2. Que no hayan transcurrido cinco años desde la fecha en que hubo de procederse al pago de la deuda o del vencimiento de la obligación o del plazo concreto si aquella fuera de vencimiento periódico.
  3. Que exista requerimiento de pago a quien corresponda el cumplimiento de la obligación. “Antes de la inclusión en el tratamiento de solvencia debe realizarse un requerimiento previo de pago advirtiendo que si no se paga se procederá a esta inclusión. Esta información debe facilitarse al celebrar cualquier contrato para la adquisición de productos, contratación de un servicio, asunción de una deuda hipotecaria o préstamo personal, cuyo incumplimiento pueda dar lugar a la inclusión en un tratamiento de morosidad.

Asimismo, quien notifica la inclusión de la deuda, debe acreditar que efectivamente se ha realizado. Cumplirá con su obligación cuando el destinatario rechace el envío y/o cuando la dirija a la dirección que figure en el contrato”.

Sobre el tratamiento de estos datos en los tratamientos de solvencia (“ficheros de morosos”), debe tenerse en cuenta, además, lo siguiente:

  1. Cuando el acreedor comunique al responsable del fichero de solvencia la inclusión de tus datos en dicho tratamiento, este responsable debe notificártela, en un plazo máximo de 30 días, informándote sobre tus derechos en materia de protección de datos.
  2. Si tus datos están incluidos en un fichero de solvencia, y una entidad quiere conocerlos, solo podrán acceder en el caso que:
  • Mantengas algún tipo de relación contractual que aún no se encuentre vencida.
  • Pretendas celebrar un contrato que implique el pago aplazado del precio.
  • Desees contratar la prestación de un servicio de facturación periódica.

En los tratamientos de solvencia suelen intervenir cuatro sujetos:

  1. El deudor.
  2. El acreedor que notifica la deuda.
  3. El responsable del tratamiento de solvencia patrimonial.
  4. Las entidades que consultan esta información.

Fuente: Protección de Datos. Guía para el ciudadano.