Subvenciones en el ámbito del comercio, de los servicios, la artesanía y la moda
El Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña ha aprobado las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones en el ámbito del comercio al por menor y los servicios, con el fin de promocionar e impulsar el sector comercial y de servicios, y fomentar la competitividad y la calidad de estos sectores.
El procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en estas bases es el de concurrencia competitiva. El programa 4 se tramitará en base al orden cronológico de presentación de las solicitudes, hasta el agotamiento de su presupuesto que se determine en la convocatoria correspondiente y como máximo hasta el 31 de diciembre del año de publicación de la convocatoria.
1) Programa de apoyo a las entidades representativas del sector del comercio
Objetivo: apoyar a entidades representativas que tienen representación territorial o bien son entidades que agrupan a empresarios multisectoriales, que velan por la competitividad y los intereses de las empresas catalanas.
Personas beneficiarias: entidades del sector del comercio, sin ánimo de lucro, que tengan representatividad en todo el territorio de Cataluña, en una provincia o, en el caso de la ciudad de Barcelona, que tengan asociados al menos 15 ejes comerciales y que dispongan de un plan de actuación anual, como mínimo en los últimos 3 años.
Es incompatible con el programa 2.
Cuantía: hasta el 65% del coste de las acciones subvencionables, con un máximo de 20.000 € por gastos de gestión y estructura y un máximo total (incluidos los gastos de gestión y estructura) de 40.000 €.
2) Programa de apoyo a la red asociativa de comercio, artesanía y moda
Objetivo: apoyar a aquellas entidades más representativas del sector comercial que tienen representación territorial o bien agrupan a empresarios multisectoriales, y que velan por la competitividad y los intereses de las empresas catalanas. Fortalecer el modelo asociativo actual, con toda su capilaridad, facilitando sinergias y servicios compartidos entre las asociaciones y otros agentes sectoriales del territorio.
Personas beneficiarias: entidades del sector del comercio, los servicios, la artesanía y la moda, incluyendo las entidades territoriales sin ánimo de lucro, gremios y entidades sectoriales sin ánimo de lucro, empresas agrupadas (ámbito 1) y asociaciones de mercados municipales sedentarios y no sedentarios (ámbito 2). Se excluyen las fundaciones y colegios profesionales.
Cuantía: en el caso de entidades territoriales, gremios y entidades sectoriales de ámbito nacional, o de ámbito municipal en el caso de la ciudad de Barcelona, hasta el 65% del coste de las acciones subvencionables, con un máximo de 10.000 € para gastos de gestión y estructura y un máximo total de 26.000€.
En el caso de gremios y entidades sectoriales de ámbito comarcal o municipal, excluyendo a Barcelona, hasta el 65% del coste de las acciones subvencionables, con un máximo de 5.000 € para gastos de gestión y estructura y con un máximo total de 12.000€.
En el caso de empresas agrupadas (cooperativas o centrales de compra), hasta el 65% del coste de las acciones subvencionables, con un máximo de 4.000€ para gastos de gestión y estructura y un máximo total de 8.000€.
En el caso de las asociaciones de mercados sedentarios y no sedentarios, hasta el 65% del coste de las acciones subvencionables, con un máximo de 10.000€ para gastos de gestión y estructura, y un máximo total de 26.000€.
3) Programa de soporte para los establecimientos emblemáticos y singulares
Objetivo: apoyar el mantenimiento y preservación de los comercios con valor histórico o establecimientos emblemáticos.
Personas beneficiarias: profesionales autónomos y empresas titulares de establecimientos de comercio, situados a pie de calle, que según la Ley 18/2017, de comercio, servicios y ferias, tengan la consideración de comercio con valor histórico o establecimiento emblemático.
Es incompatible con el programa 4.
Cuantía: hasta el 50% de los gastos subvencionables con un máximo de 25.000€.
4) Programa de apoyo para la apertura, reforma y mejora de establecimientos, incluidas las paradas de los mercados municipales. También de apoyo a la optimización del uso del agua en los establecimientos comerciales, de servicios, y en las paradas de mercados municipales
Objetivo: dinamizar el comercio mediante proyectos de recuperación de los locales vacíos situados en la trama urbana consolidada del municipio, o en el casco histórico y sus ensanches. Garantizar el mix comercial óptimo y adecuado a cada zona, incrementando su atractivo y evitando la interrupción del continuo comercial mediante la reforma de establecimientos con cierto grado de antigüedad o paradas de mercados municipales.
Apoyar la adecuación de los establecimientos de comercio al por menor, de servicios y los puestos de mercados municipales, a las nuevas normativas que persiguen optimizar el uso del agua en el actual escenario de emergencia por sequía.
Personas beneficiarias: personas autónomas y empresas titulares de establecimientos de comercio y servicios, situados a pie de calle, y puestos de mercados municipales sedentarios y no sedentarios.
Cuantía: En caso de recuperación de los locales vacíos, reforma de establecimientos y puestos de mercados de venta no sedentaria, hasta el 50% de los gastos subvencionables con un máximo de 5.000 €.
Para la adecuación de establecimientos comerciales y de servicios, y paradas de mercados municipales para la optimización del uso del agua, hasta el 50% de los gastos subvencionables con un máximo de 3.000 euros.
5) Programa de apoyo a los municipios en el ámbito del comercio
Objetivo: dar cumplimiento al plan de acción, en la línea de potenciación del tejido comercial de proximidad, de la artesanía y la moda con el objetivo de incrementar la competitividad territorial del comercio catalán.
Personas beneficiarias: Ayuntamientos y otras administraciones locales.
Cuantía: para la definición del proyecto para la recuperación de locales vacíos, hasta el 50% con un máximo de 7.000€, y para la implementación del proyecto, hasta el 50% del gasto subvencionable, con un máximo de 10.000€ .
6) Programa de apoyo para la creación y definición de las Áreas de Promoción Económica Urbana (APEU)
Objetivo: apoyo a los entes locales y asociaciones territoriales para impulsar la creación y definición de las APEU.
Personas beneficiarias: Ayuntamientos y organismos públicos que estén adscritos o vinculados, entidades municipales descentralizadas, mancomunidades y consejos comarcales, asociaciones comerciales territoriales y Áreas de Promoción Económica Urbana.
Cuantía: hasta el 90% del gasto subvencionable, con un máximo de 20.000€. O bien hasta el 90% del gasto subvencionable, con un máximo de 30.000 euros (de los cuales como máximo 10.000 euros se pueden destinar a pagar el coste salarial de la persona que ocupe la gerencia de la APEU) en el caso de APEU ya constituidas e inscritas en el RAPEUC antes del 31 de diciembre de 2024.
7) Programa para el crecimiento y la competitividad de la empresa artesana
Objetivo: potenciar el crecimiento y la competitividad del sector de la artesanía, apoyando su transformación digital, internacionalización y comercialización, así como reforzar la estructura de las empresas artesanas, dotándola de herramientas para la infraestructura, gestión y procesos de producción sostenible.
Personas beneficiarias: personas profesionales autónomas y empresas que desarrollen actividades incluidas en el repertorio de familias de oficios artesanos.
Cuantía: hasta el 50% del coste de las acciones subvencionables, con un máximo de 1.000€ para gastos de consolidación de la estructura, y un máximo total de 2.500€. Este importe máximo podrá modificarse en función de las disponibilidades presupuestarias de la convocatoria.
8) Programa de apoyo a los municipios en el ámbito de la artesanía
Objetivo: fomentar la implantación de establecimientos de actividades singulares de carácter artesanal, prestigiar las ferias y ferias-mercado de artesanía en el ámbito de Cataluña y dinamizar los museos y centros de interpretación de la artesanía.
Personas beneficiarias: los ayuntamientos y organismos públicos que estén adscritos o vinculados, entidades municipales descentralizadas, mancomunidades y consejos comarcales.
Cuantía: hasta el 50% del gasto subvencionable, con un máximo de 6.000€.
Plazos
La convocatoria para acceder a estas subvenciones todavía no se ha publicado, se informará de ello pertinente cuando se publique. El plazo de presentación de solicitudes se determinará en la correspondiente convocatoria.