
El Registro de Impagados Judiciales no es sólo un registro de impagados, sino que también le permite realizar gestiones de recobro
Si su empresa tiene un deudor moroso, contacte con su abogado (sólo pueden acceder al Registro estos profesionales) y, sin necesidad de demandar judicialmente, reclame de la siguiente manera:
- Envíe al Registro la información relativa a la deuda, junto con la documentación que la acredite.
- El propio Registro, a través de su equipo jurídico, validará la documentación y requerirá al deudor para que pague (y, si no lo hace o no se opone de forma justificada, quedará inscrito como moroso).
- Después de esto, podrá valorar si le conviene ir más allá e interponer una demanda judicial.
Además, los abogados pueden acceder al Registro para verificar si una persona física o jurídica determinada está inscrita en el mismo. En caso de personas físicas, es necesario acreditar un interés legítimo (por ejemplo, que esta persona firmará un contrato con el cliente del abogado).
Nuestros profesionales le ofrecerán el asesoramiento más eficaz para evitar impagados y, en caso de tenerlos, los pasos necesarios para obtener el recobro.