El Consejo de Ministros aprueba regular la incapacidad temporal por reglas incapacitantes
El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de reforma de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo.
Este proyecto de reforma incluye la salud menstrual como estándar de salud. Derivado del reconocimiento de la salud menstrual como estándar de salud, el proyecto de modificación de la ley incluye el derecho a la incapacidad temporal por cuadros médicos que se derivan de reglas incapacitantes (menstruaciones incapacitantes secundarias). Por ejemplo, vinculado a enfermedades como la endometriosis o los ovarios poliquísticos. Esta incapacidad, previo informe médico, permitiría que una mujer pueda quedarse en casa unas horas de su jornada laboral o unos días si el dolor de la regla le impide trabajar.
Se trataría de una incapacidad temporal (IT) que pagaría desde el primer día el INSS, que no requeriría período mínimo de cotización, al contrario que el resto de IT y que sería los días que cada mujer, según el cuadro médico, necesitara.
A este respecto, PIMEC considera conveniente mantenerse a la espera de la redacción final de la nueva ley y de las especificidades que puedan preverse en la misma, en tanto que se trata de una cuestión compleja y sin precedentes. En cualquier caso, la patronal considera que en el momento actual se trata más un debate de carácter político que de una problemática real del mercado de trabajo.