Aviso legal para familias con hijos menores de edad

11/01/2024

A la pregunta: ¿los hijos menores de edad tienen deberes, obligaciones y responsabilidades? La respuesta es que sí según la ley.

1.- El Código Civil
Artículo 155: Los hijos deben obedecer a los padres mientras permanezcan bajo su potestad, y respetarlos siempre.

2.- La ley 1/1996 de protección jurídica del menor
Artículo 9 bis. Los menores, de acuerdo con su edad y madurez, tendrán que asumir y cumplir los deberes, obligaciones y responsabilidades inherentes o consecuentes a la titularidad y al ejercicio de los derechos que tienen reconocidos en todos los ámbitos de la vida, tanto familiar, escolar como social.

Artículo 9 ter. Deberes relativos al ámbito familiar: Los menores deben participar en la vida familiar respetando a sus progenitores y hermanos así como a otros familiares. Los menores deben participar y corresponsabilizarse en el cuidado del hogar y en la realización de las tareas domésticas de acuerdo con su edad, con el nivel de autonomía personal y capacidad, y con independencia del sexo.

Artículo 9 quater. Deberes relativos al ámbito escolar: Los menores deben respetar las normas de convivencia de los centros educativos, estudiar durante las etapas de enseñanza obligatoria y tener una actitud positiva de aprendizaje durante todo el proceso formativo. Los menores deben respetar a los profesores y otros empleados de los centros escolares, así como al resto de sus compañeros, evitando situaciones de conflicto y acoso escolar en cualquiera de sus formas, incluyendo el ciberacoso. A través del sistema educativo se implantará el conocimiento que los menores deben tener de sus derechos y deberes como ciudadanos, incluyendo a aquellos que se generen como consecuencia de la utilización en el entorno docente de las Tecnologías de la Información y Comunicación

Artículo 9 quinquies. Deberes relativos al ámbito social: Los menores deben respetar a las personas con las que se relacionan y el entorno donde se desarrollan.

Los deberes sociales incluyen, en particular:

  1. Respetar la dignidad, integridad e intimidad de todas las personas con las que se relacionen con independencia de su edad, nacionalidad, origen racial o étnico, religión, sexo, orientación e identidad sexual, discapacidad, características físicas o sociales o pertenencia a determinados grupos sociales , o cualquier otra circunstancia personal o social.
  2. Respetar las leyes y normas que les sean de aplicación y los derechos y libertades fundamentales de las demás personas, así como asumir una actitud responsable y constructiva en la sociedad.
  3. Conservar y hacer un buen uso de los recursos e instalaciones y equipamientos públicos o privados, mobiliario urbano y cualesquiera otros en los que desarrollen su actividad.
  4. Respetar y conocer el medio ambiente y los animales, y colaborar en su conservación en un desarrollo sostenible.

Ramon Arnó Torrades
Ceo de La Familia Digital