Establecimiento de custodia compartida, padre condenado por violencia de género con antecedentes cancelados
¿Es posible que un padre consiga la custodia compartida del hijo menor habiendo sido condenado años antes por violencia de género sobre la madre del mismo?
El Tribunal Supremo, en otra Sentencia dictada también en fecha 27/11/23, desestima un recurso de casación interpuesto por la madre del menor que pretendía le fuera denegada al padre la concesión de la custodia compartida por haber sido condenado el mismo por un delito de violencia de género, además de existir malas relaciones entre los progenitores.
El TS considera que los antecedentes delictivos de esa condena ya están cancelados, por lo que no es computable como obstáculo para el establecimiento de la custodia compartida. Han pasado cuatro años desde que ocurrieron los hechos y las penas impuestas fueron cumplidas, por lo que actualmente el padre no está incurso en un proceso penal por violencia de género y no constan episodios ulteriores de tal naturaleza.
Por otro lado, se tiene en cuenta los muchos años transcurridos desde que las partes acordaron la custodia en favor de la madre y que las relaciones padre-hijo son muy buenas y el menor ha expresado su deseo de ampliar sus contactos con su progenitor. Que la recurrente se mostrara conforme al amplio régimen de visitas establecido en la instancia es señal de que lo consideraba apto para una convivencia amplia con el menor. Las diferencias entre los padres no trascienden al hijo. No consta un desarrollo conflictivo o cumplimiento anómalo con incidentes negativos para la estabilidad y tranquilidad del menor que entorpezcan el desarrollo de su personalidad.