
Evaluación de riesgos laborales en el servicio doméstico
NUEVA OBLIGACIÓN LEGAL: evaluación de riesgos laborales en el servicio doméstico a partir del 14 de noviembre de 2025.
A partir del 14 de noviembre de 2025, todas las personas empleadoras que tengan contratado personal para tareas domésticas (limpieza, cocina, cuidado de personas, etc.) deberán disponer de una evaluación de riesgos laborales específica para este ámbito. Esta nueva exigencia deriva de la Disposición Adicional 18ª de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, desarrollada por el Real Decreto 893/2024.
Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de esta obligación, el Ministerio ha puesto a disposición una herramienta gratuita que permite realizar la evaluación de forma sencilla mediante un formulario accesible a través de la plataforma oficial Prevención 10.
La herramienta permite generar un documento de evaluación de riesgos personalizado que incluye:
- Identificación de posibles riesgos en función de las tareas realizadas.
- Recomendaciones preventivas adaptadas al entorno doméstico.
- Medidas básicas de seguridad e higiene.
- Posibilidad de descargar el documento en formato PDF para conservarlo o presentarlo en caso de inspección.
Es responsabilidad de la persona empleadora asegurarse de que el trámite esté completado antes del 14/11/2025. No hacerlo podría conllevar sanciones administrativas en caso de inspección.
Por tanto, si usted tiene contratado/a personal de servicio doméstico, le recomendamos acceder a la plataforma, indicar las condiciones laborales de su domicilio y seguir las instrucciones para generar el protocolo correspondiente.
Si dispone de personal de servicio doméstico y prefiere contar con apoyo profesional para realizar este trámite, desde Cudós Consultors le ofrecemos la posibilidad de gestionarlo de manera integral. Estaremos encantados de ayudarle y facilitarle todo el proceso de forma ágil y personalizada.


