Monte vecinal en mano común y monte comunal
¿En qué se diferencian un monte vecinal en mano común de un monte comunal?
Son montes vecinales en mano común aquellos que han sido aprovechados por el grupo vecinal del municipio donde se encuentran desde tiempos inmemoriales teniendo su propiedad en régimen de comunidad.
Así, los montes en mano común pertenecen a los vecinos con casa abierta (“con humos”) y residencia habitual en la localidad donde se ubican, por lo que la comunidad se compone por los vecinos que integran el municipio en cada momento.
Este tipo de montes se encuentran mayoritariamente en el noroeste de España, existiendo con mayor número en las cuatro provincias gallegas, en el Oeste de Asturias, y en el caso de Cataluña el ejemplo más significativo es la montaña de Tor.
Por tanto, los montes vecinales en mano común se diferencian respecto a los montes comunales en que los primeros son de titularidad privada de los vecinos, mientras que los montes comunales son de titularidad pública municipal, y los vecinos únicamente ostentan derechos de aprovechamiento sobre los mismos .
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Marc Cervós Escribà
Abogado del Departamento de Derecho Público de Cudós Consultors