Las personas que donen dinero en efectivo a familiares no tendrán que pagar IRPF

10/09/2026

Las personas que entreguen dinero en efectivo a un familiar —ya sea a un hijo o a un progenitor— no tendrán que pagar IRPF por esta operación. Así lo precisó la Dirección General de Tributos (DGT), dependiente del Ministerio de Hacienda, en una consulta vinculante, en la que señala que la donación de dinero no genera ni ganancia ni pérdida patrimonial para quien la realiza.

La aclaración responde al caso de una persona que quería transferir una cantidad de dinero a su madre y toma como referencia una consulta anterior de un padre que quería donar dinero a su hijo.

El organismo explica que la situación cambia cuando lo que se transmite no es dinero en efectivo, sino otros bienes, como una vivienda o participaciones empresariales. En estos casos, el donante debe tributar en el IRPF por la posible ganancia patrimonial obtenida.

Por ejemplo, si un inmueble se adquirió por 100.000 euros y en el momento de la donación está valorado en 150.000 euros, el propietario deberá declarar en el IRPF la plusvalía de 50.000 euros. En cambio, si el bien se ha depreciado, esta pérdida no se puede deducir.

En el caso del dinero en metálico, en cambio, no existe alteración patrimonial a efectos del IRPF. Eso sí, la DGT recuerda que quien recibe la cantidad donada sí está obligado a liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones por el importe percibido.