Reconocimiento de la no prescripción del complemento por maternidad y de la posibilidad de percibirlo los dos progenitores
Una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha considerado que el complemento por maternidad no prescribe, por tanto si eres hombre beneficiario de una pensión de jubilación, de incapacidad permanente o de viudedad y has tenido hijos naturales o adoptados puedes solicitar con efectos retroactivos la percepción de dicho complemento.
Este complemento por maternidad por aportación demográfica, consiste en un importe equivalente al resultado de aplicar un porcentaje a la pensión percibida en función de los hijos: En el caso de dos hijos/as 5%, tres hijos/as un 10% y cuatro o más hijo/as un 15%. La cantidad total a percibir puede llegar a ser considerable.
Si te has jubilado entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 y quieres solicitarlo nos puedes encargar a nosotros la gestión.