Indemnización de 48.000€ por una caída en la vía pública

20/03/2025

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, de 4 de diciembre de 2024 (núm. 585/2024), ha confirmado la responsabilidad patrimonial de un ayuntamiento por las lesiones sufridas por una peatón a causa de un reductor de velocidad defectuoso en una vía pública.

En este caso, la demandante, representando a los herederos de una afectada, interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución municipal que desestimaba su reclamación de responsabilidad patrimonial. La instancia previa ya había dado la razón a los reclamantes, condenando al ayuntamiento a indemnizarles con 47.988,57 euros.

El tribunal ha establecido que el reductor de velocidad, representaba un peligro peatonal. Pese a la defensa del consistorio, que argumentaba una escasa invasión del resalte del paso de cebra en el reductor de velocidad y la presencia de iluminación adecuada, la Sala confirmó que la configuración de la calle y las obras que se recibieron por el Ayuntamiento en 2015, le hacían responsable directo de la caída.

Esta resolución refuerza el criterio según el cual las administraciones deben garantizar la seguridad de las infraestructuras urbanas, puesto que su negligencia puede generar responsabilidades patrimoniales.

Si tiene dudas sobre la responsabilidad patrimonial de las administraciones, puede contactar con los abogados de Cudós Consultors, que le asesoraremos con la máxima seguridad y garantías para iniciar los trámites pertinentes.

Elisa Estrada Villas
Abogada del Departamento de Derecho Público de Cudós Consultors