Incentivos fiscales para pequeñas empresas

04/09/2026

Si desarrolla su actividad a través de una sociedad (una SA o una SL, por ejemplo) que factura menos de diez millones de euros, recuerde que, a la hora de calcular su Impuesto sobre Sociedades (IS), puede aplicar los incentivos fiscales previstos para las pequeñas empresas:

  • Su empresa disfrutará de un tipo de gravamen reducido, que se irá reduciendo en los próximos años. Este tipo se reducirá un punto porcentual cada año, desde el 24 % aplicable en 2025 hasta el 20 % que será aplicable a partir de 2029. Y en el caso de las empresas que facturen menos de un millón de euros, los tipos se reducen todavía más.
  • Puede aplicar la libertad de amortización para las inversiones en activos nuevos, siempre que también aumente su plantilla. Concretamente, el importe que puede amortizar libremente es el que resulta de multiplicar por 120.000 euros el incremento de su plantilla media.
  • También puede amortizar sus nuevos activos según el porcentaje que resulta de multiplicar por dos el coeficiente máximo de las tablas. Y en el caso de los activos adquiridos mediante leasing, puede amortizarlos por el menor de entre el principal del préstamo devuelto y el resultado de multiplicar el coeficiente máximo de amortización por tres.
  • También podrá considerar el 1 % de su saldo de clientes a 31 de diciembre como gasto fiscalmente deducible por deterioro de clientes. Y si en 2024 ya computó este deterioro, cuando cierre las cuentas de 2025 podrá computar el 1 % de la variación de dicho saldo (será un gasto si el saldo de deudores ha aumentado y un ingreso si ha disminuido).
  • Finalmente, podrá acogerse al incentivo de la reserva de nivelación, que le permite reducir un 10 % la base imponible de su IS.

Estas ventajas (excepto la reducción del tipo de gravamen y la reserva de nivelación) también son aplicables a los empresarios que desarrollan su actividad como autónomos y calculan sus rendimientos en estimación directa, siempre que no superen los diez millones de euros de facturación. No obstante, en este caso, recuerde que, si se reinvierten los beneficios en activos nuevos, se disfrutará de una deducción adicional en la cuota del IRPF del 5 % de la inversión realizada, incentivo que no es aplicable a las SA o las SL.

Nuestros profesionales le indicarán los incentivos fiscales que son aplicables en su caso. Recuerde que los emprendedores autónomos también pueden disfrutar de los incentivos que se ofrecen a las pymes.