Aplazar el pago del IRPF

08/05/2025

Si el resultado de su declaración del IRPF es a ingresar y no desea pagar la cuota íntegra ahora, recuerde que puede beneficiarse del fraccionamiento que ofrece Hacienda en la misma declaración. En este caso, podrá satisfacer el 60% de la cuota a abonar hasta el 30 de junio. En cuanto al 40% restante, se puede pagar hasta el 5 de noviembre de 2025, sin tener que pagar intereses ni aportar garantías.

Sin embargo, también puede aplazar la cuota del IRPF como el resto de impuestos y solicitar un mayor aplazamiento.
En este caso:

  • El aplazamiento ya no será gratuito, sino que, en general, deberá satisfacer un interés de demora (actualmente, el 4,0625% anual).
  • Si el importe que desea aplazar supera los 50.000 euros (solo o junto con otras deudas fiscales que ya haya aplazado), deberá aportar garantías.