Cuando el ayuntamiento nos ocupa la finca

10/10/2023

No es del todo excepcional que con ocasión de la ejecución de unas obras públicas un ayuntamiento invada de forma provisional o definitiva fincas de propiedad privada.

A veces son los propios obreros u operarios quienes, sin haber recibido órdenes ni instrucciones del ayuntamiento, ocupan “sobre la marcha” alguna propiedad particular y la nivelan, pavimentan, la incorporan a una calle o a cualquier otra vía municipal, o la utilizan para depositar maquinaria, herramientas o materiales.

En este caso, normalmente será suficiente comunicar la intromisión en el ayuntamiento para resolver la situación y siempre es mejor hacerlo por escrito. Entonces el ayuntamiento enmendará el proyecto, o nos informará de que estabamos afectados y nos incorporará al correspondiente expediente expropiatorio.

En otras ocasiones, sin embargo, la ocupación se efectúa porque el ayuntamiento considera que el terreno ocupado es de su propiedad, bien sea por ignorancia respecto a que pertenece a un particular, o bien porque en el catastro el espacio está grafiado como de titularidad municipal, o porque ante una disconformidad de límites el ayuntamiento tira por el derecho y con actos consumados hace suya la porción de terreno que le parece que es de su titularidad.

En este caso nos encontramos ante un conflicto de propiedades que debe resolverse judicialmente, y por tanto no quedará otro remedio que interponer una acción reivindicatoria de la propiedad ante el juzgado ordinario o civil, tal y como debería hacerse frente a cualquier otro vecino con el que tuviéramos una discrepancia de límites o de titularidad.

Lo que sucede en estos casos los ayuntamientos disponen de instrumentos y medios privilegiados para demostrar su propiedad en relación con los que normalmente tenemos los particulares, y por tanto la defensa del derecho legítimo de propiedad de los ciudadanos es necesario ejercerlo con un especial rigor y cuidado cuando quien tenemos delante es un ayuntamiento u otra administración, poniendo el caso en manos de un equipo experto de abogados que disponga de especialistas tanto en derecho privado como en derecho administrativo.

Santi Solsona Fígols
Abogado del Departamento de Derecho Público de Cudós Consultors