
La fotografía de un semáforo no es suficiente para imponer una multa
El día 9 de enero de 2023, un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid dejó sin efecto la sanción de multa de 200€ y pérdida de 4 puntos impuesta a un conductor “por pasar un semáforo en rojo”, debido a la carencia de control metrológico del dispositivo “foto-rojo” que detecta el cambio de color del semáforo y automáticamente obtiene las fotografías.
El Tribunal Supremo ya confirmó la necesidad de someter este aparato al control metrológico del Estado, dado que mide tanto la intensidad lumínica, como el cambio de color del semáforo.
Por ello, la Magistrada del Juzgado Contencioso-Administrativo de Madrid consideró que la simple fotografía obtenida por el dispositivo de captación de imagen “foto-rojo” no sujeta a ninguna verificación y no acompañada de la constatación de la infracción por un agente autoridad, no era prueba suficiente para destruir la presunción de inocencia que rige cualquier procedimiento sancionador.
Se entendió como necesario tener en consideración otras circunstancias que podrían llevar al vehículo a rebasar el semáforo en rojo, dado que “podría haberse quedado en esa zona estando el semáforo en verde, por un atasco, podría haber movido el vehículo para facilitar el tráfico peatonal, para dar paso a una ambulancia, o incluso podría fallar el aparato al medir el color del semáforo”, puesto que “hasta el más inteligente de los dispositivos, puede fallar”.
Por tanto, y partiendo de los razonamientos jurisprudenciales expuestos, que reproducen diversas Sentencias dictadas en todo el territorio español, podemos concluir que todavía existe un hilo de esperanza para todos aquellos conductores que nos pasamos un semáforo en rojo.
Con todo, recuerde que en caso de ser sancionados por este motivo, puede dirigirse a los abogados/as de Cudós Consultors, ya que le asesoraremos con la máxima seguridad y garantía.
Nerea Villa
Asesora jurídica del Departamento de Derecho Público de Cudós Consultors